En cualquier área del derecho la información es la mejor herramienta que usted puede darle a su abogado, sin embargo, en familia cobra vital importancia entender en un contexto cada caso, la información relativa al «cambio de circunstancias» es fundamental, puesto que en derecho de familia existe lo que se ha denominado en doctrina como «cosa juzgada relativa» que no es más que la aplicación lógica y práctica de la regla especial de que, «si las circunstancias que se tuvieron a la vista para resolver judicialmente determinada materia, cambian. Se puede volver a discutir el asunto». Por ejemplo, si a usted se le fijó un monto determinado a pagar por concepto de alimentos, teniendo presente que percibía como ingresos por el trabajo que realizaba la suma de X, pero, tras un par de años usted ahora percibe ingresos por la mitad de ese monto que se tuvo a la vista para decretar el monto de la pensión de alimentos, usted puede, alegando un cambio de circunstancias, solicitar una rebaja de ese monto a pagar, y de ese modo cumplir con lo decretado en la ley 14908, relativa a abandono de familia y pago de pensiones alimenticias.
Lo anterior es sólo un ejemplo de lo que vale tener un antecedente a la mano, ahora, si a ello suma la posibilidad de conocer los eventuales procesos judiciales en materia de familia que su cónyuge puede tener, vigentes o no, usted podría conocer en contexto y con la mejor y mayor cantidad de información, enfrentar un proceso con mejores posibilidades de éxito.
Por lo anterior, antes de utilizar el formulario de contacto lo invito a reunir los antecedentes que tenga a mano, RUN, RIT, o lo que pueda, para poder brindarle la mejor respuesta a su requerimiento. Siendo fundamental el RUN de los involucrados.
Si por el contrario, ya tienes abogado, quizás te interese ésto